EL DESCANSO EN LAS Y LOS TRANSPORTISTAS

Conducir de manera profesional es una tarea muy extenuante y bien lo saben las y los transportistas de carga terrestre. Mover diversos productos desde distintos puntos de un país o desde una nación a otra es una labor vital para la logística y el comercio internacional.

¿Pero qué se recomienda en materia de descanso para las y los transportistas?

La idea es que tomen los descansos que les corresponden. Es muy importante para que se mantengan en buen estado de salud y, por supuesto, para prevenir siniestros, por ende estamos hablando de un tema que debería ser prioritario. La legislación al respecto varía según el país pero se mantienen aspectos generales.

En este caso nos basaremos en lo que sucede con la legislación chilena. El artículo 25 bis del Código del Trabajo indica que los choferes de vehículos de carga terrestre interurbana deben tener una jornada laboral de 180 horas mensuales (45 por semana), las cuales no puede distribuirse en menos de 21 días.

Durante sus jornadas, las y los transportistas deben tener un descanso mínimo de 8 horas por cada 24, las cuales tienen que ser ininterrumpidas, detalla la Dirección del Trabajo (DT), según publicó BioBio la Radio.

Además, recalca que “el trabajador en ningún caso puede manejar más de 5 horas continuas, después de las cuales debe tener un descanso cuya duración mínima debe ser de 2 horas”.

Se señala que si una persona conduce por menos de 5 horas, el empleado debe tener un descanso de 24 minutos mínimos por cada hora trabajada. “Esta obligación debe ser cumplida en el lugar habilitado más próximo en que el vehículo pueda ser detenido, sin obstaculizar la vía pública”, acota.

En el caso que el descanso se ejecute dentro del vehículo, el camión debe contar con una litera.

En CamiónGO, buscamos informar siempre con respecto a estos temas. No es primera vez que lo hacemos y por ello te invitamos a leer el artículo, “La fatiga en los conductores profesionales y cómo evitarla”.